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Sector público: establecen medidas para la compensación de horas de licencia con goce de haber

El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto de Urgencia N° 078-2020.
8:50 horas - Jueves, 2 Julio 2020

El Poder Ejecutivo, a través del Decreto de Urgencia N° 078-2020, estableció las medidas para los trabajadores del sector público que recibieron licencias con goce de haber, en el marco del estado de emergencia por el COVID-19.

La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, precisa que ante una desvinculación de los servidores y/o trabajadores del sector público, bajo cualquier régimen laboral, se procede con la exoneración de la compensación  de horas.

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Según se explica, esta exoneración se aplica cuando el cese se produzca por factores ajenos a su voluntad, tales como el fallecimiento, cese por límite de edad, entre otros, salvo la no renovación de contrato.

En forma previa, las entidades del sector público aplicaran la compensación de horas acumuladas en sobretiempo o compensación de horas por capacitación ejecutadas fuera del horario de labores, y, luego de agotados los mismos, en caso existieran horas restantes pendientes de compensación, procede la exoneración.

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“En caso de que luego de la aplicación de las medidas previas aún existieran horas restantes pendientes de compensación, dicho trabajador debe cumplir con la compensación de las horas restantes en la siguiente vinculación laboral que tuviera con cualquier entidad del sector público hasta el 31 de diciembre de 2021”, precisa.

El decreto detalla que las horas que no son materia de compensación no se contabilizarán para la liquidación de beneficios sociales o vacaciones truncas de los trabajadores del sector público.

Revisa más detalles sobre el Decreto de Urgencia N° 078-2020 AQUÍ.



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