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Bono Universal: Ejecutivo oficializa decreto para entrega de subsidio

La norma fue publicada en edición extraordinaria del Boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
7:29 horas - Viernes, 21 Agosto 2020

El Poder Ejecutivo autorizó, mediante Decreto de Urgencia que Nº 098-2020, medidas adicionales extraordinarias para reducir el impacto negativo en la economía de los hogares afectados por las medidas de aislamiento e inmovilización social obligatoria por el COVID-19.

La norma, publicada en edición extraordinaria del Boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, determina la entrega excepcional y por única vez de un subsidio monetario de s/ 760,00 denominado “Bono Universal”.

[Lee también: Segundo Bono Familiar Universal será entregado en “cuenta DNI” para evitar aglomeraciones]

¿A quiénes está dirigido el Bono Universal?

a. Aquellos hogares en condición de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).

b. Aquellos hogares beneficiarios del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS, y/o aquellos hogares con algún integrante que sea beneficiario del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y/o aquellos hogares con algún integrante que sea beneficiario del Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza – CONTIGO a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

c. Aquellos hogares no comprendidos en los literales a y b precedentes, cuyos integrantes no se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), o en la planilla privada, exceptuándose a los pensionistas y a la modalidad formativa.

-Ninguno de sus integrantes tenga un ingreso superior a S/ 3 000 00 mensuales de acuerdo a la información disponible de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS), de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), o en la planilla privada.

“Autorízase al Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” del Midis, y a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo - Oficina General de Administración del MTPE, a firmar convenios con entidades financieras para la entrega del Bono Universal autorizado a favor de los hogares beneficiarios, incluyendo aquellos casos en que estas entidades financieras decidan financiar con sus recursos el otorgamiento del mencionado subsidio”, detalla la norma.

REVISA EL DECRETO COMPLETO AQUÍ



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