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Pleno del Congreso aprueba octavo retiro de fondos AFP por hasta 4 UIT

Congreso avala dictamen que permite nuevo retiro de fondos previsionales por hasta 21 400 soles.
Pleno del Congreso

Congreso aprueba retiro de hasta 21 400 soles de las AFP. Foto: Andina.

Congreso aprueba retiro de hasta 21 400 soles de las AFP. Foto: Andina.
22:50 horas - Miércoles, 17 Septiembre 2025

El Pleno del Congreso aprobó este miércoles el dictamen que autoriza el retiro extraordinario y voluntario de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de los fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

El proyecto, puesto en agenda hoy en el hemiciclo tras su aprobación en la Comisión de Economía, recibió -en primera instancia- 116 votos a favor, 0 en contra y 5 abstenciones por parte de la representación nacional, que la exoneró más tarde de segunda votación.

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“Se aprobó la exoneración de la segunda votación del proyecto que autoriza el retiro extraordinario y voluntario de hasta 4 UIT de los fondos de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones, y que además establece otras disposiciones”, pronunció el presidente del Congreso, José Jerí, después de la autorización al dictamen, que da lugar a la octava liberación de fondos desde el 2020.

En detalle, la ley aprobada será enviada al Poder Ejecutivo, en cumplimiento del procedimiento legislativo.

OTROS ALCANCES DE LA NORMA

La norma también autoriza el retiro del 95 % de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) para afiliados mayores de 65 años, sin restricción de edad, y elimina la obligación de aporte de los trabajadores independientes.

Esta modificación asegura que el aporte de los emprendedores al Sistema Privado de Pensiones (SPP) sea tratado como voluntario, especialmente en lo referente a las comisiones.

PROCEDIMIENTO PARA EL RETIRO

El dictamen establece que la solicitud debe realizarse dentro de los 90 días posteriores a la reglamentación. El diseño se realizará en cuotas de hasta 1 UIT cada 30 días.

Los fondos mantienen su intangibilidad, con la única excepción de retenciones por deudas alimentarias, hasta un máximo del 30 %.

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