Se retirará a docentes con sentencias, denuncias o procesos penales
Un Decreto Supremo aprobó el reglamento que establece medidas extraordinarias al personal docente y administrativo que presta servicios en instituciones educativas públicas o privadas, incluyendo centros deportivos, artísticos y culturales; implicados en diversos delitos.
En el dispositivo se precisa que el personal que tenga alguna sentencia, denuncia o proceso penal por delitos previstos en la Ley N° 29988, serán separados de forma definitiva del centro educativo y además, serán inhabilitados para ejercer la docencia.
Asimismo, el reglamento que también crea el registro de personas condenadas o procesadas por los delitos establecidos en esta Ley y modifica los Artículos 36 y 38 del Código Penal; también engloba al personal de los centros académicos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
Los delitos que se preven bajo la Ley N° 29988 son los de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas.