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Premier Angulo: “Tenemos que velar por el orden, seguridad y gobernabilidad del país”

“Nuestra disposición y apertura al diálogo se mantiene intacta”, señaló el primer ministro al referirse a la oficialización de la declaratoria de emergencia a nivel nacional.

Foto: PCM

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19:42 horas - Miércoles, 14 Diciembre 2022

Mediante sus redes sociales, el presidente del Consejo de Ministros, Pedro Angulo, se refirió a la oficialización de la declaratoria de emergencia en el país por 30 días e indicó que el Gobierno mantiene la apertura al diálogo, pero también tenía que preocuparse por la gobernabilidad del país.

Nuestra disposición y apertura al diálogo se mantiene intacta, pero a la vez tenemos que velar por el orden, seguridad y gobernabilidad del país; por ello, desde el Ejecutivo, hemos decidido declarar el Estado de Emergencia a nivel nacional”, señaló el titular de la PCM en su cuenta de Twitter.

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Como se connoce, el Gobierno declaró el Estado de Emergencia en todo el territorio nacional por 30 días calendario, ello con el fin de garantizar el control del orden interno y la tranquilidad de la población tras las manifestaciones que se vienen suscitando en distintas regiones.

El Decreto Supremo N° 143-2022-PCM fue publicado en la edición extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y lleva las firmas de la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra; del presidente del Consejo de Ministros, Pedro Angulo Arana; así como de los titulares de las carteras de Defensa, Alberto Otárola Peñaranda; del Interior, César Cervantes Cárdenas; y de Justicia, José Tello Alfaro.

La referida norma contiene seis artículos que precisan los alcances de la medida. La Policía Nacional mantiene el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas. También se suspende el ejercicio de derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión, y libertad y seguridad personales.

“Durante la vigencia del Estado de Emergencia declarado en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, queda suspendida la vigencia de los Estados de Emergencia declarados en distintos departamentos del país, en los cuales la Policía Nacional del Perú se encuentra a cargo del control del orden interno”, indica el tercer artículo.

Se precisa que la disposición del apoyo que brindarán las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional se efectúa dentro del marco legal, como el Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional, y en el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas.

 

El DS N° 143-2022-PCM fue aprobado conforme con lo establecido en los incisos 4)

y 14) del artículo 118 y el inciso 1) del artículo 137 de la Constitución Política; y los literales b) y d) del inciso 2) del artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica

del Poder Ejecutivo; y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros.



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