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PJ ratifica multa a empresas que se repartieron el mercado del oxígeno medicinal

Corte Suprema ratificó resolución de Indecopi contra 3 empresas por “la existencia de concentración para prácticas que afectan competencia en el mercado”.
20:07 horas - Martes, 16 Junio 2020

La Corte Suprema del Poder Judicial (PJ) confirmó la sanción de S/ 15 millones para las empresas Praxair Perú, Messer y Linde Gas “por haber incurrido en la repartición ilegal del mercado de oxígeno medicinal en las convocatorias de EsSalud en el período comprendido entre enero de 1999 y junio de 2004”.

Las empresas que ya habían sido sancionadas por Indecopi recurrieron al PJ en la primera y segunda instancia y al no lograr dejar sin efecto lo dispuesto interpusieron un recurso de casación ante la instancia última y superior.

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Fue la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente la que ratificó la resolución de Indecopi advirtiendo “la existencia de concentración de las empresas demandantes con el propósito de realizar prácticas que afectan la competencia en el mercado”.

La Sala presidida por Josué Pariona Pastrana e integrada por los jueces Omar Toledo Toribio, Ulises Yaya Zumaeta, Ramiro Bermejo Ríos y Ramiro Bustamante Zegarra resolvió el caso que tomó 7 años.

Debe señalarse que Indecopi sancionó a las empresas citadas por la comisión de la infracción prevista en el artículo 66 del Decreto Legislativo N° 701, es decir, por realizar prácticas restrictivas de la competencia en la modalidad de reparto de mercado en los procesos de licitación de Essalud para la adquisición de oxígeno medicinal líquido y gaseoso, a nivel nacional.

El oxígeno medicinal es actualmente un producto de alta demanda en el país debido a que se requiere para la atención de personas que se encuentran hospitalizadas aquejadas por la enfermedad del COVID-19.



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