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Minsa presentará las nuevas medidas restrictivas contra el COVID-19 en un plazo de diez días

Así lo dispone el Decreto Supremo N°140-2021-PCM que establece ampliar la vigencia de las actuales medidas hasta el 5 de setiembre del presente año.

Andina

Andina
15:10 horas - Lunes, 23 Agosto 2021

Tal como lo había anunciado el ministro de Salud, Hernando Cevallos, el Gobierno dispuso ampliar la vigencia de las medidas restrictivas para enfrentar el COVID-19 hasta el 5 de setiembre del presente año. La medida se oficializó a través del Decreto Supremo N°140-2021 PCM, publicado ayer en el diario oficial El Peruano. 

La norma establece que el Ministerio de Salud (Minsa) deberá presentar, en un plazo máximo de 10 días, la propuesta de nuevas medidas que debe seguir la ciudadanía en el contexto de la pandemia, a fin de prevenir la propagación y contagio del coronavirus.

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Mientras tanto, todas las personas deberán continuar respetando la inmovilización social obligatoria según el nivel de riesgo en que se encuentren ubicadas las provincias y departamentos del país.

En el nivel de alerta muy alto se encuentra la provincia de Moyobamba y Huánuco. En esta categoría el toque de queda rige de lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente. También, está prohibido el uso de vehículos particulares los domingos.

En tanto, las provincias de Acomayo, Canchis, Carabaya, Chumbivilcas, Huamanga, La Mar, Parinacochas, Recuay, Sandia, Bongará, Candarave, Caylloma, Condesuyos, Huancavelica, La Unión, Páucar del Sara Sara, San Ignacio, Tocache, Cajamarca, Cangallo, Chincheros, Cotabambas, La Convención, Lucanas, Puno, San Román y Utcubamba, se ubican en el nivel de alerta alto. El toque de queda rige toda la semana desde 00:00 horas las 4:00 horas.

Las otras provincias, tales como Lima y Callao, se encuentran en el nivel de alerta moderado. En esta categoría, la inmovilización social obligatoria rige de lunes a domingo desde las 00:00 horas las 4:00 a.m. Cabe precisar que no hay ninguna provincia en el nivel de alerta extremo.

El citado decreto dispone, además, suspender, hasta el 5 de setiembre, el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes que provengan de Sudáfrica, Brasil o India, o que hayan realizado escala en dichos lugares en los últimos catorce días.



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