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Minsa implementará Centros de Alto Flujo para pacientes COVID-19 a nivel nacional

Gobierno autorizó transferencia de S/ 88 000 000 a fin de fortalecer los establecimientos de salud y el acceso a sistemas de oxigenoterapia.

Minsa

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16:38 horas - Jueves, 20 Mayo 2021

Con el objetivo de descongestionar las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) de los diversos hospitales y ampliar la oferta de servicios de salud durante la emergencia sanitaria por COVID-19, el Gobierno dictó medidas extraordinarias para la implementación de Centros de Alto Flujo (CAF), a cargo del Ministerio de Salud (Minsa).

A través del Decreto de Urgencia Nº 047-2021, autorizó que el Minsa efectúe de manera excepcional las contrataciones para la adquisición de equipamiento biomédico, equipos de oxigenoterapia de alto flujo, plantas de oxígeno medicinal, dispositivos individuales, sistema de respaldo de energía y otros dispositivos de abastecimiento, así como servicios relacionados necesarios para la implementación de los CAF.

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El Minsa entregará el equipamiento y otros dispositivos a las entidades del sector Salud y a los Gobiernos Regionales, bajo la modalidad de Afectación en Uso por el plazo que dure el Estado de Emergencia o se consigne en dicho instrumento.

En ese sentido, se facultó la transferencia hasta por la suma de S/ 88 000 000 millones,  con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para así mejorar la oferta de la provisión y acceso a sistemas de oxigenoterapia de alto flujo.

Los CAF son todas las formas de acondicionamiento en ambientes de hospitalización temporal del segundo y tercer nivel de atención, con capacidad para prestar servicios de oxigenoterapia de alto flujo a pacientes con COVID-19. Estos ambientes deben reunir las condiciones de seguridad y bioseguridad para los pacientes y personal asistencial.

Cabe resaltar que la OMS recomendó que se reconozca con prontitud la insuficiencia respiratoria hipoxémica aguda progresiva cuando un paciente con dificultad respiratoria no responda a la oxigenoterapia de alto flujo convencional, y que se esté preparado para proporcionarle oxigenoterapia de alto flujo.

A efectos de contribuir con las medidas de fortalecimiento de la oferta hospitalaria y el acceso a servicios de salud en el contexto de la segunda ola de COVID-19, resulta necesario establecer medidas extraordinarias y urgentes para evitar el uso de ventilación mecánica invasiva y contribuir a la disminución de la mortalidad por el virus SARS-CoV-2, mediante la implementación de los CAF.  

El Decreto de Urgencia fue refrendado por el presidente de la República, Francisco Sagasti Hochhausler; la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez Valdivia y los ministros de Economía y Salud, Waldo Mendoza Bellido y Óscar Ugarte Ubilluz, respectivamente.



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