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Ejecutivo crea Comisión Encargada de Seguimiento de la producción, adquisición y distribución de vacunas contra el COVID-19

De acuerdo a la resolución suprema publicada hoy en el diario oficial El Peruano, el equipo de trabajo conformado por nueve integrantes se instalará en los próximos días.
8:34 horas - Martes, 11 Agosto 2020

El Poder Ejecutivo creó una Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal encargada de realizar el seguimiento de las acciones orientadas al desarrollo, producción, adquisición, donación y distribución de las vacunas y tratamiento contra coronavirus.

De acuerdo con la Resolución Suprema N°079-2020-RE, publicada hoy en el documento de Normas Legales del diario El Peruano, el citado grupo de trabajo es dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores.

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Los integrantes de la comisión multisectorial ejercen sus funciones ad honorem. Está conformada por:

a) Titular de Relaciones Exteriores o su representante alterno/a, quien la preside.

b) Titular de Economía y Finanzas o su representante alterno/a.

c) Titular de Salud o su representante alterno/a.

d) Presidente/a del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec) o su representante alterno/a.

e) Titular del Instituto Nacional de Salud (INS) o su representante alterno/a.

f) Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros.

g) Un representante del Seguro Social de Salud (Essalud).

h) Un representante de la Universidad Cayetano Heredia.

i) Un representante de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Los integrantes de la comisión multisectorial señalados en los literales a) al g) designan a sus representantes o representantes alternos, dentro del plazo de dos días calendario, contados a partir de la publicación de la presente resolución suprema.

Los demás integrantes designan a sus representantes mediante comunicación escrita dirigida a la secretaría técnica de la comisión multisectorial, en el mismo plazo antes señalado.

Instalación

La comisión multisectorial se instala en el plazo máximo de un día hábil, contado a partir del día siguiente del vencimiento del plazo para la acreditación de sus miembros alternos. Entre sus funciones figuran:

a) Efectuar las coordinaciones con las entidades competentes, gobiernos de otros estados, organizaciones internacionales multilaterales, y con el sector privado, en el Perú y en el extranjero, según corresponde, que coadyuven al acceso, al descubrimiento, producción, adquisición, donación, y distribución de las vacunas y/o tratamiento contra el COVID-19.

b) Realizar el seguimiento de las acciones a cargo de las entidades competentes para acceder al descubrimiento, producción, adquisición, donación y distribución de las vacunas y tratamiento contra el COVID-19.

c) Emitir recomendaciones para la definición de ventajas comparativas del Perú, requerimientos y procedimientos para el descubrimiento, producción, adquisición, donación de las vacunas y/o tratamientos contra el coronavirus.

d) Realizar el seguimiento de las actividades para el seguimiento de las actividades para la adquisición y entrega de las vacunas e insumos complementarios (jeringas y equipos de cadena de frío), una vez que estén disponibles, a cargo de las entidades competentes

e) Emitir recomendaciones o estrategias para difundir información vinculada al descubrimiento, producción, adquisición, donación y distribución de las vacunas y/o tratamiento contra el COVID-19.

La resolución suprema es refrendada por el presidente de la República, Martín Vizcarra y el titular del Consejo de Ministros, Walter Martos. Además, lleva la firma de los titulares de Salud, Economía y Finanzas y Relaciones Exteriores.



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