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COVID-19: Minsa asume gestión en Arequipa para mitigar la crisis sanitaria

Conoce las acciones que el Ministerio de Salud ejecutará en Arequipa.
8:28 horas - Jueves, 23 Julio 2020

Es oficial. El Ejecutivo publicó el Decreto de Urgencia N°86-2020 que dicta medidas extraordinarias para mitigar la crisis sanitaria en el departamento de Arequipa como consecuencia del COVID-19.

El presidente de la República, Martín Vizcarra, explicó que se trata de medidas extraordinarias en materia económica y financiera. “Que permita la intervención del Ministerio de Salud, como autoridad nacional de salud, en la gestión de acciones [en Arequipa], necesarias para mitigar la situación de crisis producida por el incremento de contagios y victimas del COVID-19”, agregó.

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A continuación, se detalla las acciones que el Ministerio de Salud ejecutará en Arequipa:

A) Acciones en materia de gestión de Recursos Humanos: designar, contratar personal, realizar desplazamientos y trasladar personal, entre otros.

B) Acciones en materia de abastecimiento: Realizar contrataciones de acuerdo con el régimen legal vigentes.

C) Acciones en materia de presupuesto: efectuar modificaciones presupuestales, certificar, comprometer, devengar, formular demandas adicionales, entre otros.

D) Acciones en materia de tesorería y contabilidad: realizar giros, viáticos, gestionar fondos, registrar el gasto, elaborar estados financieros, entre otros.

E) Acciones en materia de inversión pública: formulación y evaluación de proyectos de inversión y/o aprobación de inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, así como su ejecución, cautelando la sostenibilidad de las intervenciones previstas en dichas inversiones.

F) Acciones en materia de Planeamiento Estratégico: formular modificaciones, seguimiento y evaluaciones del plan operativo institucional, plan estratégico, entre otros.

G) Gestión del Primer Nivel de Atención: organizar e implementar las intervenciones estratégicas en materia de salud pública, entre otros.

H) Gestión Hospitalaria: organización de recursos humanos, físicos, financieros de los establecimientos de salud, entre otros.

I) Vigilancia Epidemiológica: fortalecer el sistema de vigilancia epidemiológica, entre otros.

J) Gestión en Salud: movilización de recursos, referencias y contrarreferencias, gestión prehospitalaria, entre otros.

Asimismo, el decreto faculta al Minsa para aprobar disposiciones complementarias que sean necesarias.

Asimismo, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Ministerio de Salud para financiar las acciones.

REVISA EL DECRETO SUPREMO AQUÍ



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