COVID-19: Gobierno aprobó cambios en las actividades económicas de la fase 4 de reactivación
COVID-19: Gobierno aprobó cambios en las actividades economías de la fase 4 de reactivación (Fotos: Andina)
A través del Decreto Supremo Nº 183-2020-PCM, el Ejecutivo estableció el incremento de aforo en algunas actividades autorizadas en la fase 4 de reactivación económica.
Estos cambios, precisados en el decreto publicado en el Diario Oficial El Peruano, se realizarán en el marco del estado de emergencia por el COVID-19.
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A continuación te brindamos los detalles:
-Tiendas en general podrán funcionar con un aforo del 60% (antes era del 50%).
-Restaurantes y servicios afines, con excepción de los bares, pasarán de un aforo de 40% a 50%.
-Los servicios de transporte marítimo de pasajeros, incluido el transporte turístico nacional, contarán a partir de ahora con un aforo de 100%.
-Los servicios de transportes de pasajeros por vías de navegación interiores por ríos y lagos también podrán operar con un aforo del 100% e incluirán al transporte turístico nacional.
-Otros servicios de arte, entretenimiento y esparcimiento en destinos sanitarios tendrán un aforo al 60%.
- Actividades de bibliotecas y archivos. Incl. Bibliotecas universitarias.
- Actividades y gestión de museos, monumentos arqueológicos prehispánicos, lugares y edificios históricos, centros culturales (no incluye proyección de películas, obras de teatro y espectáculos) y galerías.
- Actividades de jardines botánicos y zoológicos y de parques nacionales. Incl. Áreas naturales.
- Actividades de parques temáticos.
-Otros servicios de arte, entretenimiento y esparcimiento con aforo al 50%.
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (actividades individuales o en parejas realizadas al aire libre).
- Pesca deportiva y deportes náuticos, así como su gestión de reservas y actividades de apoyo. Actividades de guías de montaña.
Las autoridades recalcan que todas estas actividades deberán respetar el distanciamiento social y el uso de mascarillas obligatorio.