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Jueza Barrios: “No se tiene por qué juzgar la conducta previa o posterior de la víctima”

Asimismo, indicó que el 95% de casos de violación sexual termina con condena al agresor.
12:44 horas - Sábado, 24 Octubre 2020

En entrevista con Diálogo Abierto de TVPerú Noticias, Elvia Barrios, presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, indicó según el acuerdo plenario del 2011 establece, en términos de valoración de pruebas en delitos sexuales, que se debe evitar la revictimización, valorar la declaración, y la prohibición de usar el comportamiento de la víctima para juzgar una conducta inadecuada.

“Acá no se tiene por qué juzgar la conducta previa o posterior de la víctima, eso no es materia de cuestionamiento. Basta el solo hecho de que el acto sea no consentido por la mujer”, enfatizó Barrios Alvarado.

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Luego que explicara que el 95% de procesos judiciales por delitos de violación sexual, feminicidio, y trata de personas terminan con resolución condenatoria al agresor.

“No todos los casos terminan con una condena, algunos procesos concluyen con absolución, que puede presentarse por diferentes circunstancias, por la no acreditación del hecho o porque haya duda razonable al momento de tomar la decisión”, agregó.



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