Economía

Congreso debatirá Ley para que facturas se paguen en 30 días

La finalidad de este proyecto de ley es fortalecer la capacidad financiera de las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas.
14:09 horas - Lunes, 13 Mayo 2019

Con la finalidad de fortalecer la capacidad financiera de las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas, congresistas como Pedro Olaechea, Mercedes Araoz y los ministerios de Economía y Producción, han presentado proyectos de ley basados en la propuesta legislativa de la Asociación de Emprendedores del Perú (ASEP), el cual establece el pago de facturas en un plazo máximo de 30 días.

La propuesta de ley se concentra en las facturas comerciales de todas las empresas del sector público y privado, planteando un trato justo al momento de negociar y hacer el cobro de los servicios prestados.

[Lee también: ​Comprobantes de pago: conoce los beneficios de pedirlos]

En la actualidad, muchas empresas, principalmente grandes, aplican contra sus proveedores políticas de pago a más de 30 días, lo cual genera pérdidas de ingresos, deudas y en algunos casos, el riesgo de cierre, con la consiguiente pérdida de empleo, detalla Fernando Calmell del Solar, Presidente de ASEP.

Cabe señalar que, otros proyectos basados en la iniciativa de ASEP, también han sido presentados en el Congreso de la República, sin embargo, estos proyectos de ley no beneficiarían a todos los empresarios y emprendedores de nuestro país.

La propuesta de ley de ASEP proponen los siguientes cambios:

  • Plazo de pago con fecha cierta en 3 etapas:
  1. Las empresas tendrán 3 días para aprobar los productos, bienes y/o servicios contratados y permitir la emisión de la factura
  2. Las empresas contratantes tendrán un plazo máximo de 05 días hábiles para emitir la conformidad y aceptar la factura
  3. Las empresas deberán pagar obligatoriamente a los proveedores en un plazo máximo de 30 días.
  4. En caso, la empresa desee pactar un plazo mayor para la aceptación y el pago del bien y/o servicio por mutuo acuerdo se deberá firmar un contrato, el cual se presentará a PRODUCE debidamente justificado. En este contrato no se incluirá negociar los intereses ni moras menores a las estipuladas a ley.
  • Las empresas que pasen el tiempo estipulado de la Ley 30 días generarán interés y moras sobre la deuda existente. Las tasas de estos intereses serán estipuladas por el Banco Central de Reserva del Perú.
  • Las empresas no podrán usar el crédito fiscal de la compra hasta que la factura sea cancelada, un mecanismo que se utiliza actualmente para IGV Justo.
  • Las facturas comerciales y negociables seguirán siendo documentos distintos pero su aprobación o desaprobación será simultánea, lo que significa que permite negociar la factura sin una segunda autorización del pagador

Según la Asociación de Emprendedores del Perú (ASEP) esta propuesta de ley traerá los siguientes beneficios:

  • Dinamizará el flujo de capitales entre las empresas.
  • Optimizará la productividad. - Contando con una cierta fecha de pago, los emprendedores podrán programarse y así invertir bien sus recursos para optimizar su productividad, seguir creciendo y aportar al país.
  • Formalidad Laboral. - El contar con una fecha de pago estipulada permitirá que el empresario cuente con un personal formal y de manera estable.
  • Activará el mercado factoring, atrayendo más clientes y la fecha de pago exacta reducirá las tasas de interés cobradas asociadas al riesgo.
  • Promoverá la conversión de las empresas hacia la facturación electrónica

Cabe señalar que una propuesta legislativa similar ha sido recientemente aprobada en Chile y está siendo debatida en Colombia y México, con el objetivo de promover el desarrollo empresarial y la creación de puestos de trabajo.



Las más leídas

Lo último

Más noticias de Economía

Peruano opina