Política

Prohíben la contratación de personal como locación de servicios en entidades públicas

La norma fue promulgada por el Congreso de la República y publicada hoy en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano.

FOTO: ANDINA

FOTO: ANDINA
11:46 horas - Miércoles, 21 Julio 2021

La Ley Nro. 31298 publicada hoy en el boletín de  normas legales del diario oficial El Peruano prohíbe expresamente que las entidades públicas contraten, bajo la modalidad de locación de servicios, a personal destinado a cubrir puestos o realizar funciones permanentes o no permanentes.

La norma tiene la finalidad de “evitar la desnaturalización de la relación laboral, garantizando el derecho de los trabajadores en todas las entidades del sector público”.

[Lee también: Open Covid: casos de coronavirus en Perú siguen en descenso]

Se indica que estos contratos no podrán tener una duración mayor de seis meses. Se exceptúa de dicha prohibición la contratación de servicios de carácter urgente y temporal, debidamente acreditados.

El ámbito de aplicación de esta prohibición son “las entidades públicas pertenecientes a los poderes del Estado, organismos constitucionales autónomos, gobiernos regionales y gobiernos locales, incluyendo organismos públicos descentralizados, proyectos especiales y programas”.

Esta norma ha sido promulgada por el Congreso de la República, luego de su reconsideración y de que se insistiera en su aprobación.



Las más leídas

Lo último

Más noticias de Política

Peruano opina