Política

Poder Judicial decidió levantar orden de detención domiciliaria a congresista José Luna

Parlamentario tendrá ahora comparecencia restringida, debe pasar control biométrico cada 30 días y se mantiene caución económica de S/ 500 000 soles en su contra.

Andina

Andina
17:14 horas - Lunes, 26 Julio 2021

El Poder Judicial (PJ) consideró fundado el pedido de la defensa legal del congresista de Podemos Perú (PP) José Luna Gálvez y decidió variar la orden de detención domiciliaria dictada en su contra por la situación de comparecencia restringida.

Fue el Tercer Juzgado Superior de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios la que admitió la solicitud del parlamentario, según lo informó la Corte Superior Nacional en su cuenta de Twitter.

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La decisión judicial precisa declarar fundado el pedido de la defensa técnica del procesado José León Luna Gálvez del cese del mandato de detención domiciliaria, en el proceso penal que se le sigue por la presunta comisión de los delitos de organización criminal, cohecho activo genérico y otros, en agravio del Estado. 

Estos derivan del caso de supuesto copamiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) a fin de que se declare procedente la inscripción del partido político fundado por el mencionado personaje.

En ese sentido, la autoridad judicial impuso de conformidad a lo establecido en el artículo 288 del Código Procesal Penal, la medida de coerción personal de comparecencia con restricciones, debiendo seguir las reglas de:

a. Prohibición de comunicarse con sus coimputados comprendidos en el presente proceso penal, que alcanza a su hijo José Luis Luna Morales, en quien recae hechos
imputados de la presente investigación.

b. Prohibición de comunicarse con los órganos de prueba personal en la presente investigación preparatoria, esto es, testigos y/o peritos que el Ministerio Público cite para los fines de la presente investigación.

c. Prohibición de efectuar declaraciones a los medios de prensa (radial, escrita o televisiva) respecto a los hechos objeto de investigación.

d. Impedido de salir al extranjero por un plazo de 36 meses, desde la notificación de la presente resolución, oficiándose a la autoridad competente.

e. Control biométrico a través de control virtual penal cada 30 días.

f. Se mantiene la caución económica de S/ 500 000 soles (quinientos mil soles).



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