PCM modifica reglamento del Registro de Mancomunidades Regionales
Siete artículos del Reglamento de la Ley de Mancomunidades Regionales fueron modificadas a través de una resolución de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
La medida oficializada en El Peruano reforma los artículos 5º, 10 º, 14 º, 15 º, 30 º, 31 º y 34 º que están orientados a la administración de registro, expediente electrónico, certificación, inscripción y formalidad de documentos de dicho registro.
La iniciativa de la PCM precisa también la modificación del anexo 2 "Contenido del plan de integración" a favor del Registro de Mancomunidades Regionales.
La resolución es refrendada por el secretario de Descentralización de la PCM, Yuri Alejandro Chessman.