Experto sugiere incluir en ley orgánica de municipalidades y gobiernos regionales causal de vacancia para electos con sentencia judicial firme
El experto en temas electorales, José Tello Alfaro, dijo que debiera configurarse como causal de vacancia en las leyes orgánicas de municipalidades y de gobiernos regionales la controvertida elección de un candidato con sentencias judiciales en primera instancia o consentidas.
Un informe periodístico de Radio Programas del Perú (RPP) da cuenta que “a noviembre del presente año, los 16 gobernadores regionales electos reúnen un total de 836 carpetas fiscales por múltiples delitos y cuentan con un mínimo de 3 y un máximo de 197 expedientes de acuerdo con la información entregada por el Ministerio Público”.
[Lee también: SAC admite a trámite denuncia constitucional contra el presidente Castillo]
“Lo que sí me parece que debería modificarse es que si una persona tiene prisión preventiva y si es confirmada en segunda instancia por 36 meses o menos debería configurarse en la Ley Orgánica de Municipalidades o en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales como una causal de vacancia. Me parece por un tema de decoro”, señaló Tello Alfaro.
Es inverosímil que haya autoridades suspendidas en el ejercicio de sus cargos, prosiguió; o sea, no vacadas sino suspendidas que tengan situación de precariedad porque quien asume lo hace de manera temporal mientras dure la suspensión y que estén con prisiones preventivas que pudiesen ser confirmadas en una segunda instancia; mejor es que dejen el cargo y permitir la gobernabilidad de sus zonas, acotó.
Luego dijo que son delitos fuertes que ameritan una investigación mayor. Lo que debe quedar bien en claro es que la norma tal como está ya es bastante restrictiva cuando impide postular a aquellas personas con sentencia por delito doloso o, en todo caso, cumpliendo una primera instancia.
“Ni siquiera con la posibilidad de llegar a una instancia superior. Es una reforma constitucional. Fuera del tema de condena con inhabilitación pueden darse en la vía penal. Sí hay que ser claros que la norma hoy en día tiene esa restricción”, señaló.
Respecto a la revelación periodística, Tello Alfaro manifestó que “sorprende a cualquiera, creo”.
Agregó que es una cantidad enorme de investigaciones que hay que dejar bien en claro “no constituyen impedimento de postulación y, obvio, hay que ser prudente porque todo lo que tiene que ver con el impedimento implica lo expresamente señalado en la ley”.
Hoy en día estas personas con este tipo de investigaciones, incluso, una prisión preventiva, pueden ser candidatas, finalizó el especialista en temas electorales.