Política

Congreso: comisión para elección del defensor del Pueblo representa la pluralidad

Remarcó que el Pleno aprobó, el pasado 28 de febrero, que sean los directivos portavoces de cada bancada, para que representen la pluralidad de los grupos parlamentarios, y sin que ningún grupo tenga mayoría, en el proceso electoral.

Foto: Congreso.

Foto: Congreso.
15:03 horas - Jueves, 26 Mayo 2022

La presidenta del Parlamento, los integrantes de la Junta de Portavoces y los miembros de la comisión especial encargada de la selección de candidatos aptos para la elección del defensor del Pueblo respetaron escrupulosamente las normas vigentes para la designación de esta autoridad de rango constitucional, señaló el Congreso.

Asimismo, remarcó que la conformación de la comisión especial está actualmente integrada por 9 congresistas -conforme lo señala la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo- y el Pleno del Congreso aprobó, el pasado 28 de febrero, que sean los directivos portavoces de cada bancada, para que representen la pluralidad de los grupos parlamentarios, y sin que ningún grupo tenga mayoría, en el proceso electoral.

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La Representación Nacional igualmente aprobó que la comisión especial sea presidida por la presidenta del Congreso, Maricarmen Alva Prieto, en calidad de supernumeraria. Es decir, sin derecho a voto, conforme a los tres precedentes que registra la práctica parlamentaria.

El 30 de marzo la Junta de Portavoces aprobó, por unanimidad (Perú Libre, Fuerza Popular, Acción Popular, Alianza para el Progreso, Avanza País, Renovación Popular, Perú Democrático, Somos Perú y Juntos por el Perú) que la modalidad del procedimiento para la designación de candidatos a Defensor del Pueblo sea la especial (de uno a cinco postulantes declarados aptos para la elección y por invitación, conforme también lo dispone la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo).

En la última reunión de la comisión especial, realizada el 24 de mayo, se acordó que en la siguiente sesión de trabajo se aprobará la metodología del proceso de selección y el cronograma respectivo.

La metodología propuesta considera la publicación de la relación de los candidatos y sus hojas de vida y sus tesis; solicitar información a diversas entidades sobre los antecedentes de los postulantes; la realización de un examen psicológico a los candidatos; entrevista a los postulantes, y el cumplimiento de la presentación de la declaración jurada de intereses conforme a la Ley 31227, entre otros aspectos.

Estos acuerdos multipartidarios reflejan la voluntad política del Congreso de la República de llevar a cabo un proceso electoral para un nuevo Defensor del Pueblo, conforme a la ley y a los principios de transparencia.

Con información del Congreso.



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