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Retiro de CTS: Gobierno publica reglamento para desembolso del 100% de fondos

El retiro de la CTS se podrá realizar hasta el 31 de diciembre de 2024, según el nuevo reglamento aprobado por el Poder Ejecutivo.
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Los trabajadores podrán disponer de los depósito de CTS realizado hasta el 15 de noviembre siempre y cuando el retiro se realice antes del 31 de diciembre del 2024. Foto: Andina

Los trabajadores podrán disponer de los depósito de CTS realizado hasta el 15 de noviembre siempre y cuando el retiro se realice antes del 31 de diciembre del 2024. Foto: Andina
10:02 horas - Domingo, 26 Mayo 2024

El Poder Ejecutivo aprobó este domingo el reglamento de la ley que autoriza la libre disposición del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Esta medida, oficializada mediante el Decreto Supremo Nº 003-2024-TR y publicada hoy en el diario oficial El Peruano, permite a los trabajadores retirar sus fondos de CTS hasta el 31 de diciembre de 2024.

El reglamento indica que los trabajadores pueden disponer libremente de cualquier depósito de CTS realizado hasta el 15 de noviembre siempre y cuando el retiro se realice antes del 31 de diciembre del presente año. Además, establece que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tiene la responsabilidad de dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de este decreto. Esto asegura que las entidades financieras actúen conforme a la ley y que los trabajadores puedan acceder a sus fondos de manera eficiente y segura.

[Lee también: CTS: Gobierno autoriza el retiro del 100% del fondo]

Esta iniciativa fue aprobada por el Congreso de la República el pasado 2 de mayo con 98 votos a favor y está diseñada para permitir a los trabajadores enfrentar la actual crisis económica. La medida es una respuesta directa a las necesidades económicas de los trabajadores peruanos y es parte de una serie de iniciativas del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para promover la reactivación económica del país.

¿QUÉ ES CTS?

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral que actúa como un seguro de desempleo, permitiendo a los trabajadores contar con un fondo económico en caso de perder su empleo. Según el nuevo reglamento, todos los trabajadores del sector privado que estén bajo el régimen del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR, tienen derecho a este retiro. Esto incluye a los trabajadores de empresas del Estado y a los servidores civiles del sector público, independientemente del régimen laboral al que pertenezcan.

¿CÓMO REALIZAR TU RETIRO DE CTS?

Los trabajadores interesados en retirar sus fondos de CTS deben seguir un procedimiento sencillo pueden solicitar el retiro total o parcial de sus fondos CTS a través de canales digitales, lo que facilita el proceso y reduce la necesidad de acudir en persona a las entidades financieras.

Una vez recibida la solicitud, la entidad financiera deberá efectuar la transferencia del monto solicitado a las cuentas indicadas por el trabajador en un plazo no mayor de dos días hábiles, según lo estipulado por la ley.



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