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Poder Ejecutivo oficializa ley de programación y congelamiento de deudas

Norma tiene como finalidad establecer medidas extraordinarias para personas y mypes afectadas por la pandemia.

Tarjetas de crédito. (Foto: Difusión)

Tarjetas de crédito. (Foto: Difusión)
10:20 horas - Jueves, 8 Octubre 2020

El Gobierno oficializó la ley que establece disposiciones extraordinarias para la reprogramación y congelamiento de deudas a fin sacar de apuros la economía de las personas naturales y mypes como consecuencia por la pandemia del COVID-19.

La norma ha sido publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y tiene por objetivo la reprogramación de pagos de créditos de ciudadanos y pequeños empresarios afectados económicamente por el estado de emergencia nacional a causa del coronavavirus a través del Programa de ‘Garantías COVID-19’.

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El dispositivo legal indica que la reprogramación del crédito cuenta con garantía otorgada por el Gobierno Nacional e incluye las obligaciones crediticias con las Empresas del Sistema Financiero (ESF), siempre que al 29 de febrero de 2020 los beneficiarios registren una calificación de riesgo normal o con problema potencial, en los siguientes créditos:

  • Créditos de consumo.
  • Créditos personales.
  • Créditos hipotecarios para vivienda.
  • Créditos vehiculares.
  • Créditos mypes.

De esta manera, el Gobierno crea el Programa de Garantías COVID-19 para la reprogramación de créditos de consumo, personales, hipotecarios para vivienda, vehiculares y mypes. Los beneficios otorgados por la presente ley se eliminan automáticamente en caso se presente documentación inexacta y falsa.

Se permite al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a través de la Dirección General del Tesoro Público durante el año fiscal 2020 a otorgar la garantía del Gobierno Nacional a las carteras reprogramadas de deudas que cumplen con las condiciones y requisitos para acceder al Programa de Garantías COVID-19 hasta por la suma de S/5 500 000 000.00 (cinco mil quinientos millones y 00/100 soles).

El honramiento de la garantía por parte del Estado se realiza transcurridos 90 (noventa) días calendario de atrasos de los créditos reprogramados por las Empresas del Sistema Financiero (ESF).

La ley fue firmada por el mandatario Martín Vizcarra y el presidente del Consejo de Ministros, Walter Martos.



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