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MTPE exhorta a priorizar teletrabajo y otorgar tolerancia de dos horas en el ingreso de trabajadores

El Ministerio de Trabajo pidió adoptar medidas flexibles ante el paro convocado por un sector de transportistas para hoy, miércoles 18 de junio.
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El MTPE exhortó a los empleadores a priorizar el teletrabajo y otorgar una tolerancia de dos horas en el horario de ingreso. Foto: Andina.

El MTPE exhortó a los empleadores a priorizar el teletrabajo y otorgar una tolerancia de dos horas en el horario de ingreso. Foto: Andina.
7:45 horas - Miércoles, 18 Junio 2025

Ante el paro convocado por un sector de transportistas para este miércoles 18 de junio, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) exhortó a los empleadores a priorizar el teletrabajo y otorgar una tolerancia de dos horas en el horario de ingreso al centro de labores.

El sector señaló que esta situación excepcional podría generar dificultades para que los trabajadores puedan trasladarse de sus viviendas a sus lugares de empleo.

[Lee también: Minedu dispone clases remotas este miércoles ante el paro de transportistas]

TELETRABAJO Y FLEXIBILIDAD EN LOS HORARIOS

Con el fin de salvaguardar la integridad de los trabajadores, el MTPE recomendó a los empleadores que, en la medida de lo posible, prioricen la modalidad de teletrabajo, en concordancia con lo establecido en la Ley del Teletrabajo.

En aquellos casos en los que el personal se vea afectado por la falta de transporte público, el MTPE ha previsto una tolerancia de hasta dos horas en el horario de ingreso, para evitar que la situación genere perjuicios para los trabajadores.

NO APLICARÁN SANCIONES POR RETRASO

El ministerio sugiere además que las empresas adopten medidas flexibles que permitan compensar las demoras derivadas del contratiempo en el traslado de los trabajadores. El tiempo de retraso podrá ser compensado posteriormente, de común acuerdo entre empleador y trabajador. En caso de no alcanzarse un acuerdo, la decisión corresponderá al empleador.

Finalmente, el MTPE enfatizó que los retrasos ocasionados por esta circunstancia excepcional no deberán ser considerados como tardanzas injustificadas, ni dar lugar a la aplicación de sanciones disciplinarias.

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