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MTC dispone que aerolíneas informen a pasajeros sobre la TUUA desde la reserva

La medida fortalece la transparencia en la información sobre el precio de los pasajes aéreos y contribuye a evitar retrasos y congestiones en los aeropuertos.
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La modificación normativa precisa que esta disposición no obliga a las aerolíneas a incorporar dichos conceptos dentro del precio del pasaje. Foto: MTC.

La modificación normativa precisa que esta disposición no obliga a las aerolíneas a incorporar dichos conceptos dentro del precio del pasaje. Foto: MTC.
14:35 horas - Jueves, 5 Marzo 2026

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó el Decreto Supremo n.° 007-2026-MTC, que modifica el literal f) del artículo 232 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil con el objetivo de garantizar que los pasajeros reciban información clara, oportuna y detallada sobre los costos asociados al transporte aéreo, como la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA), impuestos, tasas y otros cargos aplicables.

La norma, publicada en el Diario Oficial El Peruano, establece que las aerolíneas deberán informar a los pasajeros, desde el momento en que realizan la reserva, el precio del pasaje detallando el valor neto del transporte aéreo y, de corresponder, los impuestos, tasas, cargos u otros costos autorizados que forman parte del precio del boleto.

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Asimismo, en los casos de que alguno de estos conceptos no esté incluido en el precio del pasaje, el contrato de transporte aéreo deberá consignar los mecanismos de pago disponibles, a fin de que los usuarios cuenten con la información necesaria para efectuar dichos pagos de manera oportuna.

La medida busca fortalecer la transparencia en la información que reciben los usuarios del servicio de transporte aéreo, en concordancia con estándares internacionales y con las disposiciones de la Comunidad Andina relacionadas con los derechos de los pasajeros.

NORMA BUSCA EVITAR RETRASOS EN LOS VUELOS

De igual forma, la norma contribuirá a evitar retrasos en los vuelos y congestiones en los aeropuertos que pueden generarse cuando los pasajeros deben realizar pagos adicionales directamente en las terminales aéreas.

La modificación normativa precisa que esta disposición no obliga a las aerolíneas a incorporar dichos conceptos dentro del precio del pasaje, sino que garantiza que los pasajeros accedan previamente a la información sobre estos cargos y las formas de pago disponibles antes de concretar la contratación del servicio.

Lo dispuesto en el presente literal no supone la imposición de una obligación a los transportadores aéreos (aerolíneas) de incorporar el cobro de los citados conceptos en los contratos de transporte aéreo”, se lee en el oficio.

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