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Domingos con restricciones: a S/6 540 asciende multa por circular con vehículos particulares

El general PNP recalcó que solo está autorizada la circulación vehicular de personas que cumplan con actividades esenciales.
13:27 horas - Domingo, 20 Septiembre 2020

Desde este domingo se levanta la medida inmovilización social obligatoria, sin embargo se mantienen algunas restricciones, como el desplazamiento en vehículos particulares, en medio de la emergencia nacional por el COVID-19.

En diálogo con TVPerú Noticias, el general PNP Jorge Angulo, director de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la Policía Nacional del Perú, detalló que los conductores que circulen con vehículos particulares serán multados con S/6 540.

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No va haber ninguna excusa para trasladarse de un distrito a otro. Se va arriesgar a recibir una infracción la M41 que es por infringir las normas sanitarias es una infracción bastante fuerte que tiene un valor de S/ 6 540”, detalló.

El general PNP recalcó que solo está autorizada la circulación vehicular de personas que cumplan con actividades esenciales y que cuenten con el permiso correspondiente.

Sin embargo, explicó que existen excepciones para casos de emergencia, como lo indica la norma.



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