Congreso promulga norma que amplía la prohibición de llamadas spam

La norma protege al consumidor frente a prácticas comerciales agresivas o engañosas. Foto: Andina.
El Congreso de la República promulgo la norma que modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, con el objetivo de ampliar la prohibición de las comunicaciones spam.
Según la norma, publicada en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano, el derecho del consumidor a la protección frente a métodos comerciales agresivos o engañosos, implica que los proveedores no pueden aplicar prácticas que mermen significativamente la libertad de elección del consumidor, a través de figuras como el acoso, la coacción, la influencia indebida o el dolo.
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En ese sentido, queda prohibido el uso de centros de llamadas (call centers), sistemas de llamadas telefónicas, envío de mensajes de texto a celulares o correos electrónicos masivos para promover productos y servicios, salvo que el consumidor haya dado su consentimiento.
La norma precisa que este consentimiento puede ser revocado, con efecto inmediato y sin expresión de causa, en cualquier momento y conforme a la normativa que rige la protección de datos personales. La vulneración a esta prohibición o a su revocatoria es considerada infracción muy grave.
EL ESTADO REGULARÁ LOS MENSAJES
El dispositivo también indica que, para garantizar la protección del consumidor frente a estos métodos comerciales agresivos o engañosos, el Estado regulará el uso adecuado de los mensajes y llamadas a través de redes de telecomunicaciones.
“Para aplicar lo dispuesto en el párrafo 58.3 del artículo 58 de la Ley 29571, el Poder Ejecutivo establecerá una normativa adicional que otorgue numeración telefónica especial a los proveedores, los métodos de seguridad y las técnicas de validación para que los usuarios puedan identificar las llamadas (spam) que reciben, así como los mecanismos de validación de la información trasmitida, en un plazo de sesenta días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley", precisa la norma.
La norma lleva la firma del presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, y de la primera vicepresidenta, Patricia Juárez.
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