ATU anuncia facilidades para el pronto pago de multas
Con el propósito de incentivar el pronto pago de multas relacionadas con infracciones a la normativa de transporte urbano de pasajeros, la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) ha dado a conocer hoy el reglamento que proporciona beneficios tanto a conductores como a personas naturales o jurídicas. Estas nuevas disposiciones entrarán en vigencia a partir del 3 de octubre próximo.
Una de las facilidades ofrecidas es el fraccionamiento, que permite el pago de la multa en cuotas y dentro de un plazo determinado. No obstante, este beneficio no se aplicará en casos de infracciones por informalidad, como brindar servicios de transporte público sin autorización o con vehículos no habilitados. Tampoco se aplicará en situaciones en las que los infractores hayan causado accidentes de tránsito o agredido a fiscalizadores o usuarios del transporte público en todas sus modalidades.
Además, el fraccionamiento no será válido para multas que ya hayan sido objeto de fraccionamiento previo, deudas menores al 5 % de la UIT (S/ 247.5) en proceso de cobranza coactiva, ni para costos de servicios de guardianía y/o remolque. Estos últimos deben pagarse una vez que el fraccionamiento sea aprobado.
Otro beneficio consiste en un descuento de hasta el 50% del valor de la sanción, siempre y cuando el infractor admita la infracción dentro de los cinco días hábiles posteriores a la imposición del acta de fiscalización o a la notificación de la resolución que inicia el procedimiento sancionador. Para quienes excedan este plazo, se aplicará un descuento del 30 % en el valor de la multa.
En esa misma línea, estos beneficios se extienden a todas las infracciones y a todos los conductores, ya sean personas naturales o jurídicas, siempre que se cumplan con los requisitos y condiciones establecidos, utilizando el "Formato de reconocimiento de responsabilidad" disponible en todos los canales de la institución.
Es importante destacar que, a pesar de estos beneficios, las multas podrían duplicarse en caso de reincidencia. El reglamento que rige estos beneficios fue publicado en el diario oficial El Peruano mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 198-2023-ATU/PE.