Conoce qué ordena la nueva Ley de armas de fuego: SUCAMEC explica novedades
Conforme a la nueva Ley de armas de fuego publicada hoy en El Peruano y luego de la futura publicación de su reglamentación, las personas que posean armas de fuego contarán con una licencia única (vigente por 3 años), así como tarjetas de propiedad por cada arma que se posea (hasta un máximo de 3). Conversamos con el Superintendente Nacional de Sucamec, Derick La Torre Boza, para conocer más los alcances de la norma.
A saber, la nueva ley crea un registro de personas inhabilitadas para obtener armas, donde se incluirán a quienes tengan antecedentes penales históricos, antecedentes de violencia familiar y aquellos que hayan cometido faltas contra el patrimonio.
Para lograr que solo los titulares o representantes legales sean los que adquieran municiones para armas de fuego se ordena la presentación de la licencia y tarjeta de propiedad correspondiente, en establecimientos autorizados por la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec).
Además, quedó establecido en 600 cartuchos el límite de municiones a adquirir mensualmente en la modalidad de armas de defensa personal. La misma restricción se da en el caso de armas particulares para miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
En caso de pérdida o robo de las armas, el titular o representante legal debe comunicar el hecho a la Sucamec dentro de las 48 horas de producido.
Quienes incumplan las disposiciones serán castigados con el decomiso de sus armas de fuego y una denuncia penal ante el Ministerio Público; también, la suspensión de la licencia -de 30 a 80 días calendario- y multas de hasta 1 millón 925 mil soles.