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Cámaras de seguridad obligatorias en parques, colegios, hospitales y mucho más

21:50 horas - Viernes, 25 Septiembre 2015

El Poder Ejecutivo estableció como obligatoria la instalación de cámaras de videovigilancia en bienes de dominio público, vehículos de servicio de transporte público de pasajeros y establecimientos comerciales abiertos al público, con un aforo de 50 personas o más.

Ayer fue publicado el respectivo decreto legislativo, en el que se precisa que el uso de estas cámaras tiene por objeto servir de instrumento de vigilancia ciudadana, para la prevención de la violencia y del delito, así como el control y persecución del delito o falta.

Cuando la norma señala “bienes de dominio público” se refiere a playas, plazas, parques, infraestructura vial, vías férreas, caminos, sedes gubernativas e institucionales, escuelas, hospitales, estadios, bienes afectados en uso a la defensa nacional, penales, espacios culturales, cementerios, puertos, aeropuertos y otros.

También se afecta la seguridad en centros comerciales, tiendas por departamentos, entidades financieras, instituciones educativas o culturales, institutos superiores, universidades, establecimientos de salud, entre otros.

La norma aclara que las cámaras de videovigilancia no han de captar o grabar imágenes, videos o audios de espacios que vulneren la privacidad o intimidad de las personas.

Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que administren dichos bienes de dominio público deberán instalar las cámaras, con los estándares técnicos que se establezcan en el reglamento de la norma que se emitirá en un plazo de 90 días.

Estos equipos deberán instalarse y administrarse en respuesta a los planes distritales de seguridad ciudadana, integrarlos a los sistemas de alerta, alarmas, centrales de emergencia, entre otros dispositivos electrónicos o aplicativos que coadyuven a la prevención y lucha contra la seguridad ciudadana.



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