Política

Sicariato será penalizado con 25 años de prisión

8:10 horas - Lunes, 27 Julio 2015

El Poder Ejecutivo promulgó este lunes el decreto legislativo que incorpora el delito de sicariato al Código Penal.

La norma publicada en El Peruano define el delito de sicariato como "el que mata a otro por orden, encargo o acuerdo, con el propósito de obtener para sí o para otro un beneficio económico o de cualquier otra índole".

En el texto se indica que el autor de este delito recibirá una pena no menor de veinticinco años y con inhabilitación establecida en el numeral 6 del artículo 36, según corresponda. Las mismas penas se imponen a quien ordena, encarga, acuerda el sicariato o actúa como intermediario.

Asimismo, será reprimido con pena privativa de libertad de cadena perpetua si la conducta descrita en el sicariato, se comete valiéndose de un menor de edad o de otro inimputable para ejecutar la conducta; para dar cumplimiento a la orden de una organización criminal; cuando en la ejecución intervienen dos o más personas.

(Foto: USI)

 



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