Referéndum 2018: multas por no votar van desde 20.75 a 83 soles
Los ciudadanos que no concurran a votar este domingo 9 de diciembre se harán acreedores a una multa de hasta 83 soles, y de 207.5 soles en el caso de ser miembros de mesa y no asistir o negarse a desempeñar dicho cargo, advirtió el Jurado Nacional de Elecciones.
La tabla de multas electorales se actualizó sobre la base de una clasificación por localidad y nivel de pobreza elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y conforme a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
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Dicha tabla precisa que se impondrá la multa de 83 soles a los omisos al sufragio en las circunscripciones consideradas no pobres (2 % de la UIT, este año fijada en 4 150 soles).
En tanto, si los electores se encuentran en distritos catalogados como pobres no extremos, deberán cancelar 41.5 soles (equivalente a 1 % de la UIT), mientras que los de distritos de pobreza extrema deberán abonar 20.75 soles (0.5 % de la UIT).
En cuanto a los miembros de mesa, titulares y suplentes, que no cumplan con su deber cívico electoral, la multa única es de 207.5 soles (equivalente al 5% de la UIT vigente). A los electores que se nieguen a integrar las mesas de sufragio se les aplicará el mismo monto.
Si un miembro de mesa, titular o suplente, no acude a cumplir su deber y tampoco vota, se le impondrá ambas multas electorales por las omisiones generadas en el proceso electoral.
Los ciudadanos que no cancelen cualquiera de estas multas, estarán impedidos de efectuar cualquier trámite administrativo, conforme lo estipula la Ley 28859, que suprime las restricciones civiles, comerciales, administrativas y judiciales y establece las multas electorales.