Política

Legislativo aprueba ley que garantiza servicios de salud durante una emergencia sanitaria

Insistencia aprobada por unanimidad precisa que clínicas privadas deben poner equipos e infraestructura a disposición del Minsa durante emergencia sanitaria.
22:45 horas - Jueves, 25 Junio 2020

El Pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia y unanimidad la ley que dispone que las clínicas privadas deben poner sus equipos e infraestructura a disposición del Ministerio de Salud (Minsa) en caso de una emergencia sanitaria.

La norma fue aprobada con el voto a favor 110 congresistas, ningún voto en contra y cero abstenciones y por tratarse de una insistencia no requiere de segunda votación, según indica el reglamento del Parlamento. 

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La ley aprobada precisa que el Minsa define los planes de acción para disminuir el riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, así como las acciones necesarias para cubrir los costos, debidamente sustentados y acreditados en que se incurran por el mantenimiento de los equipos, insumos y medicamentos.

La modificación de los artículos 8 y 9 del DL 1156 añade que esto se realizará con el presupuesto asignado para la emergencia sanitaria, priorizando los lugares del país donde se detecten los mayores índices de riesgo y letalidad.

Mientras dure el estado de emergencia se suspende de forma excepcional la exigencia del servicio rural y urbano marginal de salud (Serums) como requisito para la contratación de personal de la salud en los establecimientos del Minsa, en las direcciones o gerencias regionales de salud, en EsSalud, en la sanidad de las FF. AA. y de la PNP.

Y se establece también que Susalud supervisará y sancionará a los centros de salud privados que incumplan las disposiciones dadas en la norma.



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