Gobierno: Sunat realizará comparecencias remotas para hacerla más eficiente

Gobierno implementará la comparecencia remota ante Sunat. Foto: difusión.
El Poder Ejecutivo implementará la realización de la comparecencia remota ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) para los procedimientos de fiscalización, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
A través del Decreto Supremo n.° 303-2025-EF, publicado en el diario oficial El Peruano, se establece que la Sunat requiera la comparecencia de contribuyentes o terceros de forma virtual, sin necesidad de que se presenten físicamente en sus oficinas. La citación deberá indicar fecha, hora y el medio virtual por el cual se realizará la sesión.
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SUNAT: REQUISITOS PARA LA COMPARECENCIA VIRTUAL
El sujeto citado debe contar con un dispositivo que permita el uso de audio y de cámara de video, con conexión de internet y debe haber descargado la aplicación de la plataforma de comunicación que se utilizará para la videoconferencia con la que se realizará la comparecencia remota.
POSIBILIDAD DE SOLICITAR COMPARECENCIA PRESENCIAL
Esta norma también permitirá que se pueda presentar una solicitud de cambio de tipo de comparecencia, de remota a presencial, la cual procederá solo si la Sunat verifica que la zona geográfica donde se encuentra ubicado el domicilio del sujeto citado o de su representante legal es una zona con baja o nula conexión a internet o si la autoridad tributaria considera que las razones informadas y acreditadas justifican el cambio.
En estos casos, será la Sunat la encargada de determinar la oficina donde se realizará la sesión presencial.
MAYOR EFICIENCIA Y ACCESO A INFORMACIÓN CONTABLE
De esta manera, se prevé mejorar la eficiencia y agilidad de la actuación tanto de la Sunat como de los contribuyentes, ya que reduce tiempos en la programación de diligencias, sobre todo en zonas alejadas o cuando las personas citadas están fuera de Lima.
Adicionalmente, el Decreto Supremo n.° 303-2025-EF regula bajo qué condiciones la Sunat podrá acceder de forma remota a los sistemas electrónicos donde los sujetos fiscalizados registran sus operaciones contables. Esto será posible mediante el otorgamiento del denominado perfil de acceso, que permitirá al agente fiscalizador acceder a la información necesaria en un proceso.
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