Política

Ejecutivo actualiza composición y responsabilidades del Conasec que deberá rendir cuentas al Congreso

Entre las modificaciones, se establece que el Conasec deberá presentar, de manera obligatoria, un informe ante el Pleno del Congreso de la República durante la cuarta semana del mes de abril de cada año.
Conasec

La presidenta Boluarte inauguró la I Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (Conasec) del 2025, en Palacio de Gobierno. Foto: difusión (Archivo).

La presidenta Boluarte inauguró la I Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (Conasec) del 2025, en Palacio de Gobierno. Foto: difusión (Archivo).
16:22 horas - Martes, 10 Junio 2025

El Gobierno promulgó la modificación de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, con el objetivo de actualizar la composición y las responsabilidades del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, (Conasec).

La norma, publicada en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano, establece cambios en la modalidad de las sesiones del Consejo Nacional (Conasec), el cual deberá reunirse ordinariamente seis (6) veces al año, de las cuales al menos dos (2) deberán realizarse de manera descentralizada.

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Asimismo, se señala que el quórum para las sesiones del Consejo será de la mitad más uno de sus miembros titulares.

Las sesiones serán convocadas para la toma de decisiones en materia de seguridad ciudadana y otros fenómenos delictivos relacionados, los cuales serán monitoreados por la Secretaría Técnica para garantizar su cumplimiento.

CONASEC AMPLÍA EL NÚMERO DE MIEMBROS

También se amplía la lista de miembros del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, el cual está integrado por el/la presidente/a del Consejo de Ministros y los/las titulares de los ministerios de Economía y Finanzas, Interior, Justicia y Derechos Humanos, Educación, Salud, Trabajo y Promoción del Empleo, Comercio Exterior y Turismo  y Transportes y Comunicaciones.

Además se suman los/las ministros/as de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Cultura y Desarrollo e Inclusión Social.

Igualmente, forman parte del Consejo los/las titulares del Poder Judicial, la Fiscalía de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (Devida), la Superintendencia Nacional de Migraciones, el Sistema Penitenciario Nacional, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y la Comandancia General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.

También integran el Consejo el/la alcalde/sa Metropolitano/a de Lima, así como los/las presidentes/as de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR), la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE) y la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú (Remurpe).

Además, se precisa que el presidente del Conasec podrá invitar a otras autoridades del Estado, representantes del sector privado, de la sociedad civil organizada, universidades, centros de investigación, comités de autodefensa, entre otros actores que considere convenientes.

CONASEC DEBERÁ INFORMAR AL CONGRESO 

En otro punto, se establece que el Conasec deberá presentar, de manera obligatoria, en la cuarta semana del mes de abril de cada año, un informe ante el Pleno del Congreso de la República. Este informe detallará el cumplimiento de políticas, planes, programas, estrategias, proyectos y compromisos en materia de seguridad ciudadana, promoviendo una articulación interinstitucional de forma transversal.

Asimismo, el Poder Ejecutivo deberá adecuar el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la entrada en vigor de la presente modificación.

PNP COOPERARÁ CON LOS MUNICIPIOS

La nueva norma también regula la cooperación entre la Policía Nacional del Perú (PNP) y las municipalidades, con el fin de fortalecer el Sistema de Seguridad Ciudadana.

La PNP deberá compartir información con las municipalidades sobre los lugares de su jurisdicción donde se concentran focos delictivos, actualizar el mapa del delito y proponer las acciones correspondientes en materia de prevención social.
Asimismo, deberá reportar a las municipalidades cualquier otra información vinculada a actividades delictivas, para facilitar la planificación de acciones municipales dentro del marco de sus atribuciones.

Finalmente, se establece que las municipalidades provinciales y distritales, en coordinación con la PNP, deberán difundir el mapa del delito a través de medios de comunicación masivos, con especial énfasis en las zonas de mayor incidencia delictiva.

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