Congreso promulga ley para que medios de comunicación contribuyan en la lucha contra la violencia familiar

La nueva norma establece una franja educativa gratuita. Foto: Andina (archivo).
El Congreso de la República promulgó una ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, con el fin de que los medios de comunicación contribuyan a la defensa, libertad y dignidad de las víctimas.
La Ley 32351, publicada en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano, modifica el artículo 46 de la Ley 30364, estableciendo nuevas obligaciones para los medios de comunicación.
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¿CUÁLES SON LOS CAMBIOS EN LA NORMA?
Tratamiento de la información
Los medios de comunicación, al difundir informaciones relativas a la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar, deberán garantizar la defensa de los derechos humanos, así como de la libertad y dignidad de las mujeres víctimas de violencia, sus hijos y demás familiares. Se establece especial cuidado en el tratamiento gráfico de dichas informaciones.
Franja educativa
Las instituciones públicas tendrán acceso gratuito a una franja educativa, y los medios de comunicación, escritos, televisivos, radiales y de cualquier otra modalidad, sean públicos o privados, deberán destinar el 10 % de su programación en horario de protección familiar a la difusión de contenidos vinculados a la sensibilización, prevención, atención, protección, sanción y reeducación para erradicar la violencia contra las mujeres y el grupo familiar.
El dispositivo establece que el Poder Ejecutivo tiene un plazo de 30 días calendario para adecuar el Reglamento de la Ley 30364 y su Texto Único Ordenado, conforme a la modificación señalada.
La norma fue aprobada por insistencia del Congreso de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 108 de la Constitución Política del Perú.
El dispositivo lleva la firma del presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, y de la primera vicepresidenta, Patricia Juárez.
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