Política

Chavín de Huántar: Lentitud de Justicia peruana permitió que caso se lleve ante Corte IDH

9:00 horas - Martes, 30 Junio 2015

El representante del Perú ante la OEA, Juan Jiménez, explicó hoy que la razón por la que el Estado Peruano pudo ser sometido a un juicio ante la Corte IDH, por el caso Chavín de Huántar, fue el incumplimiento del criterio de un “plazo razonable”, en la resolución de los procesos judiciales internos por presuntas ejecuciones extrajudiciales.

El Perú se ha demorado muchos años, actualmente tenemos 18 años de proceso desde que ocurrieron los hechos”, precisó.

Identificada esa debilidad de aparato judicial peruano, la lentitud generalizada para entregar justicia, Jiménez Mayor indicó que nuestro Poder Judicial debe “alinearse a otros estándares, para que podamos resolver mucho más rápido los procesos”.  

Sobre el fallo

El funcionario reiteró que la defensa peruano logró que el fallo de la Corte IDH no acarree procesos judiciales para los comandos Chavín de Huántar, y que no se considere ningún tipo de reparación económica a los familiares de los miembros del MRTA muertos, en el marco del rescate en la residencia del Embajador de Japón en Perú, en el año 1997.

Jiménez también destacó que se estableció que en el caso de los delincuentes terroristas Herma Luz Meléndez Cueva y Víctor Salomón Peceros Pedraza, la sentencia dice que no existen elementos para determinar la responsabilidad internacional del Estado Peruano.

No obstante, el ex ministro de Justicia recordó que el Poder Judicial peruano resolvió que en el caso del fallecimiento de Eduardo Cruz Sánchez, alias “Tito”, si habría un elemento cuestionable, pero no sobre los comandos. El Poder Judicial se señala que esta persona habría sido muerto, irregularmente, luego de ser detenido.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos establece que el fallecimiento del Eduardo Cruz “no formó parte de la operación ni de los planes elaborados”. Es decir, para la corte, los comandos Chavín de Huántar no tuvieron ningún tipo de responsabilidad en los hechos que se han establecido en el caso de “Tito”.

En abril de 1997, en la operación militar Chavín de Huántar, se liberó a 71 rehenes y uno de ellos falleció, mientras que los 14 subversivos no sobrevivieron. 



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