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Personas que no pagaron su multa por infringir las normas del estado de emergencia, no recibirán apoyo económico

Además, los infractores a las disposiciones sanitarias y las relativas al estado de emergencia nacional, que no hayan cumplido con pagar la multa impuesta, estarán impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado.
15:17 horas - Miércoles, 27 Enero 2021

De acuerdo al Decreto Supremo 008-2121-PCM, las personas que no hayan cumplido con pagar la multa impuesta por las infracciones cometidas durante el estado de emergencia nacional, no podrán ser beneficiarios de los bonos económicos. Además, estarán impedidos de realizar cualquier trámite en el Estado.

Una de las multas más recientes era la circulación de vehículos particulares en Lima Metropolitana y el Callao, los días domingos. Ante ello, la Policía Nacional del Perú (PNP) advirtió que la multa, por inclumplir la norma, superaba los 6 mil soles.

Esta resolución también incluye a las personas que transgredan las nuevas medidas y restricciones dictadas por el Gobierno; es decir, en caso que no cumplan con el aislamiento social obligatorio, tendrán que pagar la multa y, además, estarán impedidos de recibir cualquier tipo de beneficio y/o apoyo económico por parte del Estado.

Sin embargo, en el decreto supremo también se detalla que, salvo que exista causa justificada en cualquiera de los casos, la autoridad atenderá la solicitud mediante decisión motivada.



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