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Mimp aprueba padrón de beneficiarios de subvención por acogimiento familiar

El padrón de beneficiarios por acogimiento familiar contempla que el monto total por concepto de subvención económica asciende a S/ 86,328.
Mimp beneficiarios subvención por acogimiento familiar

El padrón de beneficiarios por acogimiento familiar contempla que el monto total por concepto de subvención económica asciende a S/ 86,328. Foto: Andina.

El padrón de beneficiarios por acogimiento familiar contempla que el monto total por concepto de subvención económica asciende a S/ 86,328. Foto: Andina.
10:23 horas - Sábado, 30 Septiembre 2023

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp) aprobó el padrón de beneficiarios de subvención económica por acogimiento familiar del periodo correspondiente a julio y el monto total que asciende a los S/ 86,328.

La Resolución Ministerial 334-2023-Mimp figura en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

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En una parte, señalan que, según el Decreto Legislativo 1297, que es función del sector Mujer el diseñar e implementar el servicio de acogimiento familiar, a través del cual evalúa, capacita, selecciona a las familias acogedoras y realiza el seguimiento de la medida de protección de acogimiento familiar.

DETALLES DE LA SUBVENCIÓN ECONÓMICA POR ACOGIMIENTO FAMILIAR

También se menciona en el mismo decreto legislativo que la persona o familia acogedora de acuerdo a sus condiciones socioeconómicas y a las necesidades de la niña, niño o adolescente puede recibir una subvención económica de acuerdo a la disponibilidad presupuestal del ministerio.

Según explica, el monto y padrón de beneficiarios se aprobarán por resolución ministerial dentro de las metas presupuestales del sector.

Además, recalca que la subvención económica contribuye a costear los gastos básicos de cada niña, niño o adolescente en acogimiento familiar, así como el apoyo en los gastos adicionales que se generen en virtud a su edad, necesidades especiales y de desarrollo; para lo cual además se tiene en cuenta la condición socioeconómica de la familia acogedora.  

¿QUIÉNES SON LOS BENEFICIARIOS?

Como se recuerda, el acogimiento familiar profesionalizado a favor de menores de edad o adolescentes es para aquellos que se encuentran en situación de desprotección familiar o declarados judicialmente como tales. 

La resolución fue firmada por la titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Nancy Tolentino.



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