Nacionales

Más de 10 mil niñas, niños y adolescentes recibirán pensión de orfandad por COVID-19

La titular del Mimp, Silvia Loli, detalló que se trata de una pensión de 200 soles que se entregará a la persona que quedó al cuidado del infante. La ministra también informó que si hay más de un menor, cada uno tiene derecho a una pensión.
14:40 horas - Lunes, 8 Marzo 2021

Cerca de 10 900 niñas, niños y adolescentes, que quedaron en situación de orfandad debido a la muerte de su madre y/o padre a causa del COVID-19, recibirán una asistencia económica con el fin de que las personas que asumieron su cuidado atiendan sus necesidades básicas.

La ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Silvia Loli, detalló que se trata de una pensión de 200 soles que se entregará a la persona que quedó al cuidado del infante.

[Lee también: Vacuna de Pfizer debe usarse en adultos mayores porque tienen menor respuesta inmunológica]

"Ayer se ha aprobado el reglamento que va a permitir que se otorgue una pensión de orfandad a los niños, niñas y adolescentes que han perdido a uno de sus padres o ambos por causa del COVID-19. Tenemos el presupuesto para cubrir cerca de 11 mil niños. Tenemos un presupuesto de 24 millones de soles, pero con la proyección que se ha hecho para este año vamos a utilizar cerca de 22 millones", manifestó.

La ministra de Estado añadió que se trata de una pensión por persona, es decir, si hay más de un hijo, cada uno tiene derecho a recibir el apoyo económico. Cabe mencionar que los beneficiados recibirán el monto hasta que cumplan la mayoría de edad (18 años).

Cabe indicar que la pensión se otorgará a través del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, por lo que cualquier persona que esté a cargo de una niña, niño o adolescente que haya quedado huérfano puede solicitar que se le otorgue esta asignación a través de la mesa de partes virtual o física del INABIF (ingresando a www.gob.pe/Inabif) o pueden escribir un correo a mesadepartes@inabif.gob.pe 

Para acceder a esta pensión, la persona que esté al cuidado del (la) beneficiaria/o deben acreditar el vínculo entre la niña, el niño o adolescente la persona fallecida por COVID (partida de nacimiento, certificado de nacido vivo, o resoluciones judiciales de adopción o administrativa que dicta el acogimiento familiar). 

Con información del Mimp.



Las más leídas

Lo último

Más noticias de Nacionales

Peruano opina