Desconexión digital busca garantizar descanso del trabajador
A través del Decreto de Urgencia 127-2020, el Ejecutivo prorrogó la modalidad de trabajo remoto hasta el 31 de julio del 2021 y estableció el derecho de los trabajadores a la desconexión digital.
En entrevista con ‘Café con Noticias’ de TVPerú Noticias, Sara Campos, abogada laboralista, detalló que la norma busca garantizar el descanso de los trabajadores, que se encuentran laborando de manera remota.
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“Este derecho de la “desconexión digital”, como lo han denominado, significa que todos los trabajadores del sector público y privado están obligados a desconectarse de los equipos telefónicos, computadoras, laptops, para que fuera de la jornada laboral puedan tener un descanso, también en el periodo de licencia sin goce y el descanso vacacional”, indicó.
Asimismo, sostuvo que para el caso del personal de dirección, llámese gerentes, o personal no sujeto a fiscalización inmediata, como el caso de vendedores de campo y mensajería, no les será aplicable el tema de desconexión digital al 100%, sino que deberán tener un descanso mínimo de 12 horas por día.
Sobre la fiscalización del cumplimiento de la norma, Sara Campos, abogada laboralista, explicó que existen labores en las que no es posible la desconexión digital.
“En esos casos, lo que se recomienda es exigir el pago de las horas extra o de lo contrario compensarlo con descanso remunerado, como ya se venía haciendo antes de la pandemia”, señaló.
La especialista recomendó llegar a un acuerdo con el empleador para garantizar un ambiente de trabajo adecuado y justo, tanto para el empleador y el trabajador.