Congreso aprueba ley para ejercer fuerza letal en defensa propia
El último jueves, el pleno del Congreso aprobó en segunda votación el dictamen destinado a eximir de responsabilidad penal a los ciudadanos, que al recurrir a la práctica de la legítima defensa, hagan uso de la fuerza, incluida en su modalidad letal.
Renzo Córdova, abogado penalista, en diálogo con TVPerú Noticias dio los alcances legales sobre la propuesta presentada por la parlamentaria Patricia Chirinos de Avanza País y que fue aprobada por 78 votos a favor, 19 en contra y 2 abstenciones.
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"Este dictamen aprobado agrega, no cambia a algo ya escrito. Sobre la legítima defensa agrega tres incisos, que señalan algo similar. A manera de resumen dice que: se podrá repeler, impedir con una arma letal el ingreso de personas a tus inmuebles o vehículos", indicó Ranzo Córdova.
"El otro agregado es aclarar que no habrá prision preventia cuando hay legintima edefensa y aclarar que si una persona se defiende con una arma, la Fiscalía no puede incautar tu arma, pero tendrá la obligación de, no más de 24 horas, hacer indagaciones sobre esa arma, es decir las pericias de ley para saber si el arma disparó", acotó.
LOS REQUISITOS PARA ADQUIRIR ARMAS NO HA CAMBIADO
El abogado penalista también aclaró que esta norma no incentiva a que los ciudadanos adquieran armas de fuego.
"Lo importante de esta ley es que no está tocando absolutamente nada de la regulación de la Sucamec. Los requisitos para adquirir una arma de fuego por la vía legal no han cambiado. Una persona está en todo sus derecho de comprar una arma por diversos motivos entre ellos la defensa: uno considera que es amenazado o perseguido puede comprar", indicó.
Renzo Córdova también recordó que la ley no protege a las personas que adquieran una arma de origen ilícito porque se tratará de tenencia ilegal, que tiene una pena efectiva de cuatro a seis años de cárcel.
CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA LA LICENCIA DE PORTAR ARMAS
La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC) es la escargada de dar licencia de uso de armas de fuego, en la modalidad de defensa personal.
El permiso tiene una vigencia de tres años prorrogables.
La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC) es la escargada de dar licencia de uso de armas de fuego, en la modalidad de defensa personal.
El permiso tiene una vigencia de tres años prorrogables.
Si tiene pensado comprar una arma para defensa personal estás obligado a sacar tu licencia en la Sucamec. Debes pagar al Banco de la Nación o en la web de Págalo.pe (41 soles), llenar una solicitud, obtener tu certificado de salud en centros autorizados, programa una cita y asiste a tu cita para la evaluación teórico-práctica.