Justicia denegó nulidad pedida por Silvana Buscaglia: Estas son las razones
El Poder Judicial denegó a Silvana Buscaglia Zapler el pedido de nulidad que presentó contra la sentencia de 6 años y 8 meses de prisión que recibió.
El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria en Procesos Inmediatos del Callao, a cargo del juez Williams Zavala Mata, determinó la improcedencia al observar que la propia sentenciada -en uso de su defensa- acordó la pena a recibir, como parte de un proceso con terminación anticipada.
Es decir, el letrado concluyó que no hubo vicio alguno que amparara el pedido de Buscaglia.
También se precisó que la figura penal del proceso se rige por el Decreto Legislativo 1194 (flagrancia delictiva), conforme al cual no es necesario que el acuerdo figure por escrito, como argumentó la defensa de la ciudadana.
Asimismo, se refiere que la citada norma, cuya vigencia rige a partir del 29 de noviembre pasado, fue debidamente publicada en el diario oficial El Peruano, conforme lo prescribe la Constitución Política, por lo que no se puede alegar desconocimiento de la misma.
Durante la audiencia, Silvana Buscaglia reconoció haber agredido física y verbalmente a un agente policial y mediante negociación, que permite la ley acordó, la sanción que recibió.


























