Economía

Todo sobre las gratificaciones en esta Navidad: Recibirán un 22% más

7:40 horas - Martes, 8 Diciembre 2015

Quienes trabajan en el sector privado, además de su gratificación por Navidad (un sueldo completo), recibirán una bonificación extraordinaria el 22% de dicha remuneración adicional, proveniente de la supresión –solo por este mes- de aportes a EsSalud  (9%) y a entidades previsionales (13%).

Conforme a Ley 30334, el trabajador de la actividad privada recibirá lo antes señalado, siempre que haya laborado el semestre completo (julio – diciembre 2015).

Las empresas tienen hasta el martes 15 de diciembre próximo para efectivizar el pago de las gratificaciones.

¿Quiénes lo percibirán?

Los trabajadores  en el sector privado, con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial y trabajadores-socios de cooperativas de trabajadores.

Para percibir la gratificación el trabajador debe estar laborando en diciembre de 2015 o estar de vacaciones o gozando de subsidios con descanso médico.

En caso el trabajador cuente con menos de 6 meses percibirá la gratificación en función de los meses laborados (un sexto por mes completo). También aplica para los que tengan un mes completo de labores (pero se descontarán un monto por inasistencias).

Debe saber que no se requiere que el trabajador labore un mínimo de 4 horas diarias para tener derecho a la gratificación.

Variaciones: Reciben una bonificación pero…

A los que estén afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), conforme a su aporte regular, solo se les entregará por ese concepto una bonificación extraordinaria de 6.75 % del monto de la gratificación. Percibirán hasta 19.75% de bonificación extraordinaria total.

Por su parte, los trabajadores de las pequeñas empresas inscritas en el Remype recibirán medio sueldo de gratificación (DS 013-2013-Produce). De igual forma, los trabajadores del hogar tienen derecho a una gratificación equivalente a medio sueldo (Ley 27986). Sobre esto se calcular el bono 22% adicional.

Para los trabajadores que perciben comisiones o a destajo, la remuneración para el pago de las gratificaciones se obtendrá en base al promedio de los 6 meses anteriores al 15 de diciembre. Sobre esto se calcular el bono 22% adicional.

¿Quiénes no la recibirán?

Los que prestan servicios independientes regulados por el Código Civil (locación de servicios).

Los trabajadores de la actividad agraria y los que perciben ‘Remuneración integral‘, es decir, que la gratificación y la CTS ya están incluidas en su remuneración integral.

Si el trabajador ingresa o cesa en el trascurso del mes, los días de dicho mes incompleto, no son computables para el cálculo de la gratificación.



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