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Se multará con hasta S/ 17 200 a las personas que realicen llamadas malintencionadas

8:59 horas - Martes, 22 Septiembre 2020

Según establece la norma del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicada hoy en el diario oficial El Peruano, las personas que realicen comunicaciones malintencionadas a las centrales de emergencias, urgencias o información serán multadas hasta con 17 200 soles, equivalente a 4 UIT.

El Decreto Supremo N.° 020-2020-MTC señala que, en caso de reincidencia, en cualquier estado de emergencia, se aplica como sanción en todos los escenarios la cancelación del servicio telefónico.

Además, la norma considera necesario modificar el Reglamento de Fiscalización y Sanción en la Prestación de Servicios y Actividades de Comunicaciones de Competencia del MTC, aprobado por Decreto supremo N.º 028-2019-MTC, publicado el pasado 26 de junio, tomando en cuenta las incorporaciones y modificaciones establecidas por el Decreto legislativo N.º 1479.

Finalmente, las sanciones aplicadas a los infractores, y que tengan calidad de firmes o consentidas, se inscribirán en el Registro de Comunicaciones Malintencionadas a cargo de la Dirección de Sanciones en Comunicaciones (DSANC). Dicho Registro es virtual y de acceso gratuito al público a través del portal del MTC.


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