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Liquidación y gratificación de fin de año: qué te corresponde y cómo exigirlo

En "Más conectados", se explicó de forma clara qué pagos deben recibir los trabajadores a fin de año, qué incluye la liquidación de beneficios sociales, cómo funciona la gratificación y qué hacer si una empresa no cumple con la ley. Foto: captura.

En "Más conectados", se explicó de forma clara qué pagos deben recibir los trabajadores a fin de año, qué incluye la liquidación de beneficios sociales, cómo funciona la gratificación y qué hacer si una empresa no cumple con la ley. Foto: captura.
11:12 horas - Martes, 16 Diciembre 2025

A pocos días del cierre del año, muchos trabajadores revisan sus cuentas y se preguntan qué pagos deben recibir si continúan laborando o si su vínculo laboral llega a su fin. Este tema fue abordado en Más conectados, donde se explicó de forma clara qué incluye la liquidación de beneficios sociales, cómo funcionan las gratificaciones y qué hacer si una empresa se niega a cumplir con la ley.

La conversación puso el foco en los derechos laborales que protegen al trabajador y en la importancia de la formalidad, sobre todo en un contexto donde no todos acceden a estos beneficios. Conocer esta información permite tomar mejores decisiones y evitar pérdidas económicas a corto y largo plazo.

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¿QUÉ ES LA LIQUIDACIÓN Y QUÉ INCLUYE?

La liquidación de beneficios sociales se entrega cuando termina la relación laboral. No es un pago adicional ni un favor del empleador. Es un derecho que reúne varios conceptos acumulados durante el tiempo de trabajo.

César Quiroga explicó: “La liquidación son los beneficios laborales o beneficios sociales, mejor dicho, que está conformada justamente por su CTS, por sus gratificaciones legales y por sus vacaciones”. Estos tres elementos conforman la base de la liquidación.

En algunos casos, este monto puede incluir un pago extra. “Dentro de esa liquidación se puede añadir también tal vez una indemnización, como son las indemnizaciones por despido arbitrario”. Esto aplica cuando el cese no cumple con lo establecido por la ley.

¿QUÉ HACER SI NO TE QUIEREN PAGAR?

Uno de los problemas más frecuentes aparece cuando el empleador se niega a pagar la liquidación o retrasa el depósito. Frente a esa situación, el trabajador no queda desprotegido.

Quiroga fue directo al señalar que el primer paso es informarse. “El trabajador, primero, lo que tiene que conocer es qué es lo que está orientado sobre los derechos que le puedan corresponder”. Para ello, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo brinda orientación gratuita.

Si la negativa persiste, existe una vía formal. “Vamos a proceder a decirle cómo poder hacer su denuncia ante Sunafil, que es la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral”. Esta entidad puede inspeccionar y exigir el cumplimiento de las obligaciones laborales.

RECIBOS POR HONORARIOS: EL RIESGO DE PENSAR SOLO A CORTO PLAZO

Muchas personas aceptan trabajar con recibos por honorarios a cambio de un ingreso inmediato mayor. El problema aparece después.

Al ser una relación de naturaleza civil, no está reconociendo ahí los derechos laborales que le corresponde al trabajador”. Esta modalidad deja fuera beneficios como CTS, gratificaciones y vacaciones.

El especialista remarcó la importancia de exigir formalidad desde el inicio. “Desde el primer día que él ingresa al laboral, tiene que tener un contrato de trabajo”. Sin contrato, reclamar derechos al final resulta mucho más complejo y puede tomar años.

SI LA PROMESA DE CONTRATO NO SE CUMPLE

Algunas empresas ofrecen recibos por honorarios solo por un periodo de prueba. Si el tiempo pasa y la situación no cambia, sí se puede actuar.

Puedan acudir al Ministerio de Trabajo y pueden exigir primero una orientación”. Además, se puede solicitar una inspección para que se evalúe la relación laboral y se ordene la formalización.

Un trabajador formal accede a derechos concretos durante todo el año. “Tener su derecho a sus depósitos de CTS que son dos veces en el año (…) y sus gratificaciones legales”. A eso se suman vacaciones, feriados pagados, horas extras y asignación familiar, entre otros.

SERVICIOS GRATUITOS PARA TRABAJADORES Y EMPRESAS

El Ministerio de Trabajo ofrece apoyo tanto presencial como virtual. “Todos los servicios que nosotros brindamos en el Ministerio de Trabajo a través del Centro de Servicios Laborales son gratuitos”. Entre ellos figuran consultas laborales, cálculo de liquidación, conciliación administrativa y patrocinio judicial gratuito.

También existen canales virtuales. “Puede acceder a través de la página virtual a reservar una cita virtual y puede ser atendido desde su hogar o desde su centro de trabajo”.

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