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Universidades denegadas tendrán hasta 5 años para cesar sus actividades

La Sunedu publicó la resolución en el Diario Oficial El Peruano.
10:45 horas - Martes, 2 Junio 2020

A través de la Resolución del Consejo Directivo N° 044-2020- SUNEDU/CD, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria oficializó la ampliación del plazo para el cese de actividades de las universidades y escuelas con licencia denegada.

Tras la denegatoria de la licencia, Sunedu otorgaba 2 años para el cese de sus actividades, ahora contarán con 3 años más, es decir un total de 5 años.

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Según se explica, las casas de estudios con licencia denegada deben decidir si se acogen o no a esta ampliación excepcional del plazo, esto con seis meses de anticipación al vencimiento del plazo original establecido por la anterior norma.

Además, en caso que el plazo de cese de actividades sea menor o igual a 6 meses - contado desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución- debe informar a la Sunedu en un plazo máximo de 40 días hábiles contados tras la publicación antes indicada.

Cabe precisar que en todos los supuestos, la modificación y/o ampliación excepcional del plazo de cese de actividades se comunica a través del Formato 1 “Declaración jurada del plazo de cierre”, aprobado por la Resolución N° 139-2018-SUNEDU/CD.

Asimismo, se deberá presentar la Sunedu, de forma conjunta a la declaración de ampliación excepcional del plazo de cese de actividades, un Plan de Operaciones debidamente sustentado.

Este plan de operaciones debe informar sobre aspectos de su gestión institucional y financiera que aseguren la continuidad del servicio educativo durante el plazo excepcional de cese, el cual es susceptible de supervisión por parte de la Dirección de Supervisión.

Lee la resolución completa AQUÍ.



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