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Osiptel: venta o alquiler de decodificadores está prohibido desde hoy tras normativa

20:44 horas - Sábado, 12 Mayo 2018

Tras concluir los 60 días calendarios para la entrada en vigencia de la resolución emitida por el Osiptel en marzo, que ordena los conceptos tarifarios del servicio de televisión de paga, a partir de hoy estará prohibido la venta o alquiler de decodificadores por parte de las empresas que distribuyen estos equipos y ofrecen el servicio de televisión por cable.

La resolución emitida en marzo, cabe recordar, establece también cobros por tres conceptos. Esos son: (i) Tarifa de Acceso, que se aplicará por única vez al contratar el servicio, e incluye la instalación y/o activación del mismo. (ii) Tarifa de Uso, que se aplicará por mantener activo el servicio e incluirá la habilitación de un punto de acceso como mínimo para la prestación del servicio. iii) Tarifa por Punto de Prestación Adicional, que se aplicará por la habilitación de cada punto adicional que solicite el abonado, en el marco de un mismo contrato de servicio.

[Lee también: Osiptel aprueba eliminación de venta o alquiler de decodificadores en televisión de paga]

Además la norma para la prestación del servicio de televisión por cable indica también que se considerará que la contratación del servicio de televisión en la modalidad prepago se hará efectiva cuando el usuario solicite la activación del servicio. En esos casos, el único pago que realiza un usuario mediante los canales de distribución de la empresa operadora se considerará como Tarifa de Acceso.



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