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COVID-19: multarán a farmacias que no informen sobre stock y precios de medicamentos

11:35 horas - Lunes, 10 Agosto 2020

Con el Decreto supremo 025-2020-SA, las farmacias y boticas que no informen a la autoridad correspondiente sobre el stock disponible de medicamentos usados para el tratamiento del coronavirus, así como sus precios de venta, recibirán una multa de una UIT (equivalente 4300 soles).

Dicha norma publicada en el Diario Oficial El Peruano actualiza la escala por infracciones y sanciones a los establecimientos farmacéuticos y no farmacéuticos.

Además, indica que cuando las farmacias y boticas no entreguen a la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) los datos del stock disponible de productos para el tratamiento del COVID-19 serán multados con una UIT. Sin embargo, si hubiera reincidencia, la multa será de dos UIT (8600 soles).

Por ende, cuando haya incumplimiento por parte de las farmacias de los establecimientos de salud privados la multa será de una UIT  y cuando ocurra en farmacias de establecimientos de salud públicos la multa será de 0.5 UIT.

Asimismo, para las farmacias y boticas inscritas en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) la multa será de 0.5 UIT. En el caso de las droguerías o laboratorios, la multa por incumplir con informar a la ANM ascenderá a cuatro UIT (17200 soles).

Cabe mencionar que el Decreto supremo también fija sanciones cuando no se informe a la ANM sobre los precios de venta de los productos para el tratamiento del COVID-19.

En este último caso, las farmacias y boticas serán multadas con una UIT, las farmacias y boticas Remype con 0.5 UIT, las farmacias de los establecimientos de salud privados recibirán multa de una UIT y las farmacias de los establecimientos de salud públicos 0.5 UIT.

 


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