Colegios privados deberán informar modificación de costos por clases virtuales en un plazo de siete días
Según la norma publicada hoy en el diario El Peruano, los colegios privados tendrán un plazo de siete días, a partir del 6 de mayo, para informar a los padres de familia las modificaciones de sus costos por brindar clases virtuales, tras la suspensión de las clases presenciales.
El Decreto Legislativo N°1476 menciona que si los padres no están de acuerdo con la propuesta pueden anular el contrato y el colegio deberá devolver las cuotas de matrícula, ingreso y de pensiones canceladas.
Con esta norma se busca garantizar la transparencia, información y la protección a los estudiantes de educación básica, en el marco de las acciones preventivas y de control ante el riesgo de propagación del coronavirus.
Asimismo, la norma aplica a todos los colegios privados que a nivel nacional brindan servicios de educación básica, en todas sus modalidades, niveles y ciclos, y de obligatorio cumplimiento para las Direcciones Regionales de Educación, y las Unidades de Gestión Educativa Local.
Además, los colegios privados están obligados a informan sobre las prestaciones que brindaban de manera presencial y cuáles de estas ya no son brindadas de manera no presencial.
Es importante mencionar que la información presentada por las entidades educativas privadas tiene carácter de declaración jurada sujeta a fiscalización posterior.