Política

Ciudadanos podrán solicitar inscripción de nuevas organizaciones políticas

17:55 horas - Miércoles, 16 Septiembre 2015

El nuevo Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones ha establecido claramente las acciones que las agrupaciones partidarias podrán realizar durante el cierre del ROP, el cual se inicia en la fecha de inscripción de listas de candidatos al Congreso y al Parlamento Andino (60 días antes de las Elecciones Generales establecidas para el segundo domingo de abril) y concluye un mes después de proclamados los resultados de este proceso electoral.

Es así que la reglamentación vigente establece que, durante ese periodo, los ciudadanos pueden presentar ante el ROP nuevas solicitudes de inscripción de organizaciones políticas, las que podrán participar en procesos electorales posteriores. Asimismo, en caso lo necesiten, las agrupaciones ya inscritas podrán solicitar la modificación de su partida electrónica sin ningún problema.

Esto significa que podrán modificar su domicilio legal, solicitar la cancelación de su inscripción y modificar el plazo de vigencia de las alianzas electorales, así como ratificar, revocar o cambiar a sus dirigentes, representantes legales, apoderados, tesoreros y personeros legales y técnicos.

De lo que sí están impedidos –mientras dure el cierre– es modificar su denominación, símbolo, padrón de afiliados, estructura orgánica y sus normas de democracia interna. Tampoco pueden presentar solicitudes de fusión ni incorporar nuevos comités o afiliados a comités ya inscritos.  



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